ACUERDOS Y TRATADOS COMERCIALES DE MEXICO CON OTROS PAISES Y REGIONES
AGENTE ADUANAL
ALMACEN GENERAL DE DEPÓSITO
ALTEX
APODERADO ADUANAL
ARANCEL
AUTORIZACION SANITARIA DE IMPORTACION
AWB
BILL OF LADING (B/L)
CARTA DE INSTRUCCIONES
CERTIFICADO DE ORIGEN
CERTIFICADO DE PESO
CERTIFICADO FITOSANITARIO
CODIGO DE BARRAS
CONSIGNATARIO
CONSTANCIA DE EXPORTACIÓN
CUOTAS
CUOTA COMPENSATORIA
DECRETO
DELITO DE CONTRABANDO
DEPÓSITO FISCAL
DESGRAVACION ARANCERALIA
DESPACHO ADUANERO
DOMICILIO FISCAL
DOMICILIO PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES
DRAW BACK
DTA
DUMPING
DUTY FREE
ECEX
EMBARGO PRECAUTORIO
ENCARGO CONFERIDO O CARTA DE ENCOMIENDA
ETIQUETA
EXPORTACION
EXPORTACION DEFINITIVA
EXPORTACION TEMPORAL
EXPORTADOR INDIRECTO
FACTURA COMERCIAL
FACTURA PRO FORMA
FORMATO DE ENCARGO CONFERIDO
FRACCION ARANCELARIA
IMMEX
LEY ADUANERA
LEY DE COMERCIO EXTERIOR
LISTA DE EMPAQUE O “PACKING LIST”
LOGISTICA
MANDATARIO
MANIFESTACIÓN DE VALOR EN ADUANAS
MAQUILA
MAQUILADORA DE EXPORTACION
MAQUILADORA DE SERVICIOS
MENAJE DE CASAS
MUESTRA DE MERCANCIAS
MULTA
NACIONALIZACION
NATAP (North American Trade Automation Prototype)
NORMA OFICIAL MEXICANA (NOM)
NORMAS DE ORIGEN
NUMERO MAXIMO DE PATENTES QUE SE PUEDEN AUTORIZAR
OBLIGACIONES DEL AGENTE ADUANAL
OBLIGACIONES DEL IMPORTADOR
OFERTA
OMA
OMC
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE NORMALIZACIÓN (ISO)
PADRON DE IMPORTADORES
PADRON SECTORIAL
PAMA
PEDIMENTO
PEDIMENTO CONSOLIDADO
PEDIMENTO VIRTUAL
PERSONA FÍSICA
PERSONA MORAL
PRECIOS ESTIMADOS
PROSEC
RECINTO FISCALIZADO
RECONOCIMIENTO PREVIO
RECURSO DE REVOCACION
REGIMENES ADUANEROS
REGLAS DE CARÁCTER GENERAL
REGLAS DE ORIGEN
REGULACION ARANCELARIA
REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS
SAT
SECOFI
SECON
SISTEMA ADUANERO MEXICANO
SUBMAQUILA
SUBVENCIÓN
TALON DE EMBARQUE?
TRANSBORDO
TRANSFORMACION Y REPARACION
TRANSITO
TRANSITO DE MERCANCÍAS
VALOR
VALOR COMERCIAL
VALOR EN ADUANAS
ZONA DE LIBRE COMERCIO
ACUERDOS Y TRATADOS COMERCIALES DE MEXICO CON OTROS PAISES Y REGIONES

ACUERDOS Y TRATADOS COMERCIALES DE MEXICO CON OTROS PAISES Y REGIONES
1. América del Norte – EUA y Canadá
2. América Latina y el Caribe – 12 países (Venezuela quedo fuera del G3)
3. Tratado de Libre Comercio con la Unión Europea – 27 países
4. Tratado de Libre Comercio con los países del AELC – 4 países
5. Acuerdos para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones – 18 países
6. Asia, África y Oceanía – 2
6.1 APPRI’s – 4 países incluyendo China
AGENTE ADUANAL

El agente aduanal es la persona física autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través de una patente para realizar los trámites relacionados con el despacho aduanero de las mercancías, por lo tanto prestan sus servicios de manera particular.
ALMACEN GENERAL DE DEPÓSITO

Es una Organización auxiliar del crédito que tiene como objetivo el almacenamiento, guarda o conservación de bienes o mercancías así como la expedición de certificados de depósitos y bonos de despensa y otorgar servicios a las mercancías depositadas a fin de aumentar el valor de éstas sin que varíe su naturaleza.
ALTEX

Empresas Altamente Exportadoras. Es un Registro que otorga la Secretaría de Economía a las personas morales productoras de mercancías no petroleras de exportación que participan de manera dinámica y permanente en los mercados internacionales. Su principal beneficio es lograr una devolución del IVA en menor tiempo.
APODERADO ADUANAL

Es la persona a la cual los importadores otorgan poder para llevar a cabo operaciones de comercio exterior. Sus funciones son las mismas que las de un agente aduanal, pero con la diferencia de que solamente puede realizar trámites de comercio exterior en representación de la persona física o moral de quien dependa y por la cual fue autorizado.
ARANCEL

Son cuotas marcadas dentro de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación que las personas físicas o morales, están obligadas a pagar al gobierno cuando introduzcan o extraigan del territorio nacional mercancías (Ver Impuestos al Comercio Exterior).
AUTORIZACION SANITARIA DE IMPORTACION

Es un Acto mediante el cual la autoridad sanitaria (Secretaria de Salud), autoriza la importación de productos sujetos a regulaciones sanitarias y fito-zoo-sanitarias.
AWB

Es un documento de consignación aérea como evidencia de recibo de bienes que han de ser transportados por una compañía de carga aérea o una empresa de mensajería.
BILL OF LADING (B/L)

Es un documento emitido por un transportista (e.g . marítimo o terrestre) acusando recibo que bienes específicos han sido admitidos a bordo como cargamento para su transporte a un destino específico, a un consignatario específico.
CARTA DE INSTRUCCIONES

Son Instrucciones escritas efectuadas al agente aduanal donde se indican las características de la operación tales como régimen, valoración, entrega y situaciones especiales sobre las importaciones y exportaciones del contribuyente.
CERTIFICADO DE ORIGEN

Documento mediante el cual se comprueba el origen de las mercancías.
CERTIFICADO DE PESO

Certificado emitido por las entidades oficiales autorizadas, que asegura el peso y/o volumen de mercancías arribadas al territorio nacional vía marítima y a granel
CERTIFICADO FITOSANITARIO

Es un Documento que expide la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) para productos de origen vegetal y forestal, con el objeto de prevenir plagas y enfermedades.
CODIGO DE BARRAS

Es un Código universal del producto (En Inglés UPC. Universal Product Code).
CONSIGNATARIO

Persona a la que va destinada la mercancía. Destinatario.
CONSTANCIA DE EXPORTACIÓN

Documento Oficial por el Gobierno Federal que permite a las empresas exportadoras nacionales con programas de Fomento, realizar compras de mercancías dentro de territorio nacional sin estar sujetas al pago correspondiente del impuesto al valor agregado (IVA) comprometiéndose estas a efectuar la exportación posterior de las mismas.
CUOTAS

Todas las mercancías que ingresen o salgan de México están sujetas al pago de impuestos y, en su caso, al cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias, los cuales se verifican de acuerdo con su fracción arancelaria.
CUOTA COMPENSATORIA

Es un medio para contrarrestar los efectos de una práctica desleal de comercio internacional y se calcula a partir de la diferencia entre el valor normal y el precio de exportación. Las cuotas compensatorias pueden ser provisionales, que son las impuestas en una resolución preliminar, o definitivas se aplican en una resolución final. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público será la responsable del cobro de las cuotas compensatorias.
DECRETO

Es una Disposición emanada del Poder Ejecutivo.
DELITO DE CONTRABANDO

Es la introducción o extracción de mercancías al y del país, omitiendo el pago total o parcial de las contribuciones o cuotas compensatorias; por lugar no autorizado o sin la documentación correspondiente, no se cuente con permiso de autoridad competente o se trate de mercancía prohibida a la importación y/o exportación
DEPÓSITO FISCAL

Este régimen consiste en el almacenamiento de mercancías de procedencia extranjera o nacional en almacenes generales de depósito, autorizado por las autoridades aduaneras, que puedan prestar este servicio. Esta clase de régimen se efectúa una vez determinados los impuestos al comercio exterior y las cuotas compensatorias que apliquen a la mercancía. Existen distintas modalidades de régimen de Depósito Fiscal siendo en almacenes Generales de Depósitos, en Tiendas de Duty Free, para ferias y exposiciones, para transformación en empresas con registro de la Industria Automotriz Terminal.
DESGRAVACION ARANCERALIA

Es la Eliminación progresiva y cronológica de aranceles aduaneros para bienes considerados originarios, que se encuentra negociada dentro de los Tratados y Acuerdos comerciales firmados por México en otros países.
DESPACHO ADUANERO

Es un Conjunto de actos y formalidades relativos a la entrada de mercancías al territorio nacional y a su salida del mismo por cualquiera de los diferentes medios de arribo o salida y que deben cumplir en aduana los tenedores, propietarios o poseedores. El despacho debe ser promovido por un agente o apoderado aduanal, conforme a los diferentes regímenes aduaneros establecidos dentro de la Ley Aduanera.
DOMICILIO FISCA

Para personas físicas. Local en que se encuentre el principal asiento de sus negocios cuando se realicen actividades empresariales. Local que utilizan como base fija para el desempeño de sus actividades, cuando presten servicios personales independientes. Personas morales: Local donde se encuentre la administración principal del negocio cuando sean residentes en el país.
DOMICILIO PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES

Lugar que señale el promoverte de una consulta, recurso o juicio en su escrito, para que ahí, le sean notificadas las actuaciones y resoluciones que recaigan a dichas distancias.
DRAW BACK

Mecanismo fiscal que procede para la recuperación de los impuestos al comercio exterior por importaciones definitivas que se retornaron al extranjero antes de que se cumplieran un año desde su internación al país.
DTA

(Derecho de Trámite Aduanero). Derecho que debe pagarse en la Aduana por la utilización de las instalaciones y otros servicios de procesamiento de datos, vigilancia y custodia. Se exenta en algunos casos al comerciar con países que cuentan con acuerdos o tratados comerciales con México.
DUMPING

(Discriminación de precios). Práctica desleal en el comercio internacional, que consiste en la importación de mercancías extranjeras a un precio inferior a su valor normal o incluso de su costo, provocando así un daño a la industria nacional por discriminación de sus ventas.
DUTY FREE

Locales de venta de mercancías nacionales o extranjeras ubicadas en aeropuertos internacionales, puertos marítimos y fronterizos cuyo objetivo es la venta sin impuestos al comercio exterior ni internos (IVA, IEPS) a pasajeros que salgan directamente del país, teniendo como particularidad la entrega de productos en los puntos de salida del territorio nacional.
ECEX

Empresas de Comercio Exterior, es un registro a cargo de la Secretaría de Economía y se otorga a empresas cuyo objeto social sea el de promover la oferta exportable de productos nacionales o transformados dentro de los mercados internacionales. Su principal beneficio es la adquisición de mercancías con la tasa del 0% del IVA dentro del territorio nacional, obligándose a efectuar la exportación en menos de seis meses.
EMBARGO PRECAUTORIO

Medida cautelar que tiene la autoridad para garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, con la retención de mercancías para procurar que se cumpla dichas obligaciones.
ENCARGO CONFERIDO O CARTA DE ENCOMIENDA

Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 59, fracción III de la Ley, los contribuyentes deberán presentar ante la AGA el documento mediante el que se confiere el encargo a los agentes aduanales para que actúen como sus consignatarios o mandatarios y puedan realizar sus operaciones, utilizando el formato denominado “Encargo conferido al agente aduanal para realizar operaciones de comercio exterior o la revocación del mismo”. También es conocido como carta de encomienda. La dirección electrónica donde puede revisar la situación de sus encargos conferidos es: http://www.aduanas.sat.gob.mx/soianet/oia_default.aspx
ETIQUETA

Es todo rótulo, inscripción, marca imagen u otra medida descriptiva o gráfica, ya sea que esté inscrita, impresa, marcada, grabada en relieve, huevo grabado o adherida a un envase, que identifica al producto. En ella se señalan las características del producto, así como algunas recomendaciones para el consumidor.
EXPORTACION

Es la salida de una mercancía de un territorio aduanero, ya sea en forma temporal o definitiva.
EXPORTACION DEFINITIVA

Salida de una mercancía de un territorio nacional para permanecer en el extranjero por tiempo ilimitado.
EXPORTACION TEMPORAL

Salida temporal del territorio nacional de mercancías para su retorno en el mismo estado, o bien, que se sometan a un proceso de transformación, elaboración o reparación hasta por un periodo de dos años, para el último caso. Al retorno de las mercancías se deberá pagar el impuesto de importación que corresponda al valor de las materias primas o mercancías incorporadas, así como el precio por los servicios prestado en el extranjero para su transformación, reparación o elaboración.
EXPORTADOR INDIRECTO

Es el productor de bienes no petroleros o el proveedor de insumos que se incorporan a bienes que se venderán al exterior por medio de empresas con registro PITEX, RIME, ECEX.
FACTURA COMERCIAL

Documento que contiene información relativa a la mercancía tales como descripción, cantidades, valor unitario, valor total, comprador, vendedor, marcas, peso bruto y neto entre otras.
FACTURA PRO FORMA

Pre-factura entregada por el vendedor al comprador, para que este pueda conocer exactamente el precio que deberá pagar por la entrega o para que pueda efectuar los trámites de solicitudes de licencias y permisos de importación ante las autoridades de un país importador. En ocasiones se expide por solicitud del comprador para conocer previamente y con exactitud que es lo que van a recibir.
FORMATO DE ENCARGO CONFERIDO

El formato denominado “Encargo conferido al agente aduanal para realizar operaciones de comercio exterior y la revocación del mismo” forma parte del anexo 1 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior vigentes, es de libre impresión y puede visualizarlo e imprimirlo en el sitio Web, en la siguiente dirección electrónica: http://www.aduanas.gob.mx/aduana_mexico/Padron_Importadores/Formato_Encargo_2617
FRACCION ARANCELARIA

La fracción arancelaria de una mercancía emana del Sistema Armonizado de Codificación y Designación de Mercancías, que pretende una clasificación uniforme de mercancías para el comercio internacional, en donde una mercancía podrá ser clasificada y reconocida en cualquier parte del mundo sin importar el idioma en un país determinado. El primer artículo contiene a la Tarifa, compuesta por la nomenclatura o código del Sistema Armonizado. Esta nomenclatura es la clasificación de todas las mercancías que según su composición o función deben ubicarse en un código de identificación universal, a seis dígitos y a efecto de aplicarles el respectivo impuesto de importación o exportación; cada país adiciona dos dígitos más, que identifican el arancel y requisitos para ingresar o salir de un país. Se trata de un lenguaje lógico y sistemático aceptado internacionalmente. punto de consumo, incluyendo los movimientos internos y externos y las operaciones de exportación e importación, con el único fin de satisfacer las necesidades del cliente.
IMMEX

Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1° de noviembre de 2006.
LEY ADUANERA

Ordenamiento Jurídico que regula la entrada y salida de mercancías en territorio nacional y de los medios en que se transportan o conducen , así como el despacho aduanero y los hechos o actos que deriven por la entrada o salida de mercancías.
LEY DE COMERCIO EXTERIOR

Ordenamiento Jurídico que dispone los requisitos y consideraciones que el Ejecutivo Federal debe tomar en cuenta y respetar al imponer obligaciones en materia de restricciones y regulaciones no arancelarias.
LISTA DE EMPAQUE O “PACKING LIST”

Es una relación detallada de la mercancía a embarcar que contiene información referente al número de cajas, número de piezas por caja, volumen y peso por caja, volumen y peso total, y descripción de las mercancías.
LOGISTICA

Es un Proceso que implica la planificación, ejecución y control eficiente del flujo de materias primas, inventarios, productos terminados, servicios e información relacionada, desde el punto de origen al destino final.
MANDATARIO

Un mandatario es el representante legal del agente aduanal para promover en su nombre y representación el despacho aduanero de las mercancías. Los requisitos para ser mandatario son:
+ Contar con poder notarial y con experiencia aduanera mayor a dos años
+ Aprobar el examen que determine el SAT
+ Promover el despacho aduanero en representación de un solo agente aduanal
MANIFESTACIÓN DE VALOR EN ADUANAS

Documento con el cual el importador declara bajo protesta de decir la verdad al Agente o Apoderado Aduanal el valor en aduanas de las mercancías.
MAQUILA

Proceso industrial o de servicios destinado a la transformación, elaboración o reparación de mercancías.
MAQUILADORA DE EXPORTACION

Empresas nacionales o extranjeras que obtienen un registro ante SECON a fin de poder efectuar procesos de ensamble, acabado o de transformación simple en nuestro país, por lo que pueden efectuar importaciones temporales a fin de exportar el proceso terminado.
MAQUILADORA DE SERVICIOS

Es una figura de abastecimiento y complemento, se le permite a las empresas de servicio o extensiones de las empresas de servicios.
MENAJE DE CASAS

Mercancías usadas consistentes en el ajuar y los bienes muebles de una casa que sirvan exclusivamente y propiamente para el uso y trato ordinario de una familia, ropa, libros, etc.
MUESTRA DE MERCANCIAS

Parte representativa de un producto para el conocimiento de cualquiera de sus compradores o proveedores, se utiliza para demostrar las características del mismo, así como la calidad, producto terminado en algunos casos y poder determinar la aceptación del mismo por los consumidores finales. Para efectos de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación se considerará muestra a las mercancías que carezcan de valor comercial por haber sido privadas de dicho valor por haberlas inutilizado y que impidan su comercialización, o que por la cantidad, peso, volumen u otras características indiquen que solo pueden servir como muestra.
MULTA

Sanción de carácter económico impuesta por infracción a una norma legal; con el fin primordial de castigar la trasgresión a las disposiciones legales, con carácter ejemplificativo e intimidatorio y no recaudatorio.
NACIONALIZACION

Procedimiento aduanero en el cual las mercancías de procedencia extranjera se convierten en nacional previo cumplimiento de todas las formalidades que fije un país, siendo estas regularidades de carácter arancelario (impuestos) y no arancelarios (documentos).
NATAP (North American Trade Automation Prototype)

Prototipo de sistema automatizado para el flujo de mercancía en la región norteamericana. Este sistema se utilizó en la década de los 90 como un intento para concentrar y manejar la mayor parte de la información de los embarques proveídos por todos los intermediarios logísticos de las exportaciones e importaciones, buscando reducir los tiempos de despacho aduanal sin necesidad de reducir la capacidad del estado por fallar a las funciones de la aduana, en virtud del manejo de un solo documento electrónico.
NORMA OFICIAL MEXICANA (NOM)

Es una regulación obligatoria de aplicación federal que contiene características que deben cumplir aquellos productos y procesos que puedan constituir un riesgo para la seguridad de las personas, dañar la salud humana, animal o vegetal, el medio ambiente en general o causar daños en la preservación de recursos naturales. Su fundamento legal se encuentra en la ley de Meteorología y Normalización.
Son Medidas que fijan las directrices o especificaciones con respecto a características de los productos, a fin de lograr un grado óptimo de orden y que pueden tener como objetivo, proteger la salud humana, preservar la vida y salud de los animales y plantas, el medio ambiente, la fauna y flora silvestres, y evitar prácticas engañosas.
NORMAS DE ORIGEN

Requisito establecido por los países desarrollados, con el fin de asegurarse que las mercancías producidas o fabricadas en países en desarrollo se beneficien de las ventajas arancelarias del sistema generalizado de preferencias. Estas normas también se presentan en los acuerdos de integración entre países que acuerden una cooperación comercial entre ellos. Los elementos principales de las normas de origen son criterio de origen, condiciones de expedición y pruebas documentales.
NUMERO MAXIMO DE PATENTES QUE SE PUEDEN AUTORIZAR

El número máximo de patentes aduanales que podrán tener autorizadas las personas físicas será de 10 patentes, y en el caso de personas morales, será de 30 patentes.
OBLIGACIONES DEL AGENTE ADUANAL

Obligaciones (art. 162):
Actuar siempre en carácter de agente aduanal bajo el encargo conferido
Realizar descargo de regulaciones y restricciones no arancelarias
Rendir dictamen técnico cuando se solicite
Abstenerse de retribuir de cualquier forma a un agente aduanal suspendido o cancelado
Clasificar las mercancías
Presentar garantías
Mantener registro documental de las operaciones tramitadas
Aceptar visitas de comprobación por parte de las autoridades aduaneras
Solicitar autorización para suspender actividades
Manifestar número de candado oficial utilizado en los medios de transporte que contengan las mercancías despachadas.
OBLIGACIONES DEL IMPORTADOR

Quienes importen mercancías están obligados al cumplimiento de las siguientes disposiciones:
- Llevar un sistema de control de inventarios registrado en contabilidad, que permita distinguir las mercancías nacionales de las extranjeras.
- Contar con la información, documentación y aquellos medios de prueba necesarios para comprobar el país de origen y de procedencia de las mercancías, para efectos de preferencias arancelarias, marcado de país de origen, aplicación de cuotas compensatorias, cupos y otras medidas que al efecto se establezcan conforme a la Ley de Comercio Exterior y tratados internacionales de los que México sea parte y proporcionarlos a las autoridades aduaneras cuando éstas lo requieran.
- Entregar al agente o apoderado aduanal que promueva el despacho de las mercancías una manifestación por escrito, y bajo protesta de decir verdad, con los elementos que permitan determinar el valor en aduana de las mercancías.
- El importador deberá conservar copia de dicha manifestación, obtener la información, documentación y otros medios de prueba necesarios para comprobar que el valor declarado ha sido determinado de conformidad con las leyes mexicanas y proporcionarlos a las autoridades aduaneras cuando éstas lo requieran.
- Estar inscritos en el padrón de importadores a cargo de la SHCP, para lo cual deben encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, comprobar ante las autoridades aduaneras que se encuentran inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes y cumplir con las disposiciones legales que regulan el ingreso y salida de las mercancías.
OFERTA

Cantidad de una mercancía o servicio que entra a un mercado a un precio dado y en un periodo establecido. Está determinada por la demanda que tenga por parte de los consumidores.
OMA

Organización Mundial de Aduanas. Organismo Internacional que tiene como misión el resaltar la eficiencia y efectividad de la Administración de la Aduana entre sus países miembros que actualmente son 161 países.
OMC

Organización Mundial de Comercio, Órgano que sustituyó al GATT desde 1995. Actualmente lo conforman 142 países.
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE NORMALIZACIÓN (ISO)

Internacional Standard Organization. ISO por sus siglas en inglés. Agrupa a los organismos internacionales de normalización de más de setenta países y elabora normas en todas las ramas de la tecnología.
PADRON DE IMPORTADORES

Registro necesario para importar en nuestro país, tramitado con debida antelación ante la Administración General de Aduanas.
PADRON SECTORIAL

Es el registro para poder efectuar importaciones a nuestro país de mercancías agrupadas por sectores dependiendo del tipo de mercancías de que se trate, mercancías que se encuentran relacionadas dentro del anexo 10 de las Reglas de Carácter General.
PAMA

Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera, es el conjunto de actos previstos en la Ley Aduanera que implican un embargo precautorio de la mercancía por estar en un supuesto de infracción como puede ser la no-comprobación del cumplimiento de un permiso previo o ingresar la mercancía por lugar no autorizado.
PEDIMENTO

Es un documento fiscal elaborado en un formato aprobado por la SHCP, dicho formato es dinámico, conformado por bloques en los cuales los importadores, exportadores y agente o apoderado aduanal, deberán únicamente imprimir los bloques correspondientes a la información que deba ser declarada como: la cantidad y tipo de mercancía, los datos que permitan la identificación de la mercancía, el origen, valor y base gravable, además el cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias, la aduana o sección aduanera de ingreso y la de despacho, el tipo de operación, el régimen aduanero, entre otros datos y documentos que deben de anexarse al citado pedimento.
PEDIMENTO CONSOLIDADO

Documento de solicitud oficial que ampara diversas operaciones de un solo exportador
PEDIMENTO VIRTUAL

Documento que se emplea para efectuar operaciones de importaciones y exportaciones sin que exista una salida física de mercancías del territorio nacional o incluso entrada de mercancías. Operación que tienen autorizadas las empresas IMMEX para entregar o recibir en territorio nacional productos considerándolos como exportados o importados según sea el caso.
PERSONA FÍSICA

Ser humano que se adecue a los supuestos en la Ley
PERSONA MORAL

Son las sociedades mercantiles, organismos descentralizados que realicen preponderadamente actividades empresariales, instituciones de crédito, sociedades y asociaciones civiles y asociaciones en participación.
PRECIOS ESTIMADOS

Mecanismo establecido por la SHCP, con el objeto de combatir la subvaluación de mercancías, estableciendo un precio mínimo o un factor para determinar cierto valor a determinada mercancía sensible para efectos del mercado nacional.
PROSEC

(Programa de Promoción Sectorial). Consiste en la autorización a empresas dedicadas a la producción para obtener preferencias arancelarias para productos que se importen o exporten a fin de atenuar el impacto en el cobro de aranceles para la importación temporal.
RECINTO FISCALIZADO

Almacenes dentro o colindantes con la Aduana y que son concesionados o autorizados respectivamente, a particulares para prestar los servicios de guarda y custodia de las mercancías de importación y exportación hasta que se realice formalmente la extracción de las mismas por medio del despacho aduanero.
RECONOCIMIENTO PREVIO

Antes de realizar formalmente el Reconocimiento Aduanero, y para quienes ignoran las características de las mercancías, se establece como opción para los importadores y exportadores, realizar un reconocimiento previa a fin de que los agentes y apoderados aduanales puedan comprobar que la declaración de su cliente en la carta de encomienda corresponde perfectamente a las características de la mercancía. Es muy recomendable que todas las mercancías bien sean de importación y exportación, antes de realizar formalmente el Despacho Aduanero, se les someta a esta clase de reconocimiento.
RECURSO DE REVOCACION

Medio de defensa interpuesto ante la autoridad administrativa en contra de resoluciones definitivas que determinen contribuciones, accesorios o aprovechamientos. Nieguen la devolución de cantidades de procedencia conforme a la ley, así como cualquier resolución de carácter definitiva que cause agravio al particular en materia fiscal.
REGIMENES ADUANEROS

Formas legales que podrá ingresar o salir una mercancía del o al territorio nacional con relación a su objeto: temporales, definitivas, depósito fiscal, tránsito y elaboración transformación y reparación de recintos fiscalizados.
REGLAS DE CARÁCTER GENERAL

Normatividad y criterios de la Autoridad Hacendaria sobre la aplicación de la Ley. Su cumplimiento es de carácter obligatorio en tanto no rebasen los principios legales que establece la propia Ley Aduanera.
REGLAS DE ORIGEN

Mecanismo que interpreta, técnicamente hablando, él o los procesos de transformación necesarios que confieren la calificación de originario para los diferentes convenios y tratados de los que un país forma parte. Existen dos tipos primarios de reglas de origen, estos son: a) Por brinco arancelario, y b) Por valor de contenido nacional o regional. Las reglas de origen son utilizadas para los efectos de trato arancelario preferencial al amparo de algún tratado de libre comercio, como también para evitar el pago de cuotas compensatorias al demostrar que el origen de los bienes es distinto al país que se castiga con una cuota que compense alguna práctica desleal del comercio.
REGULACION ARANCELARIA

Son las cuotas fijadas dentro de la tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación aplicables a la entrada de mercancías o la salida de las mismas.
REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS

Es el nombre técnico jurídico que se le da a los permisos, licencias, autorizaciones, avisos y certificados que son necesarios presentar ante la aduana para efectuar importaciones y exportaciones en nuestro país. Estas obligaciones son publicadas en el Diario Oficial de la Federación, en términos de fracciones arancelarias y con su debida justificación. Los primeros son permisos que cuestionan la cantidad a importar o exportar y sujetan a menos del 7% de las mercancías; los segundos, son autorizaciones, licencias y demás que cuestionan o la calidad de los productos de origen, entendiéndose por ello que la autoridad comercial no esta en posibilidades de prohibir la importación o exportación si se cumplen los principios de calidad y/o origen pactados en los diferentes decretos o acuerdos mediante los cuales se han determinado su cumplimiento.
SAT

(Servicio de Administración Tributaria). Órgano desconcentrado de la SHCP que tiene por objeto la realización de una actividad estratégica del Estado consistente en la determinación, liquidación y recaudación de impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos federales y de sus accesorios para el financiamiento del gasto público.
SECOFI

(Secretaría de Comercio y Fomento Industrial). Hoy Secretaría de Economía. Secretaría dependiente del ejecutivo federal encargada implementar la política comercial del país enfocada a apoyar a la industria nacional y a las actividades del comercio exterior, tiene bajo su administración los programas de exportación: DRAWBACK, ALTEX, ECEX e IMMEX y de igual forma el establecimiento de las Cuotas Compensatorias y demás regulaciones y restricciones no arancelarias.
SECON

(Secretaría de Economía) Secretaría de comercio. VER SECOFI.
SISTEMA ADUANERO MEXICANO

Conjunto de artículos legales y fiscales que disponen de obligaciones y derechos para los usuarios e interventores de las importaciones y exportaciones. Básicamente está compuesto por la Ley Aduanera, su reglamento, la miscelánea de comercio exterior y los acuerdos y decretos con disposiciones especiales para casos especiales, de operación y de restricción o regulación.
SUBMAQUILA

Registro especial por parte de la SECON a empresas que efectúan procesos complementarios de transformación o elaboración a mercancías importadas en forma temporal.
SUBVENCIÓN

Práctica desleal que consiste en el otorgamiento directo o indirecto por un gobierno extranjero o por sus organismos públicos de estímulos, incentivos, primas, subsidios o ayudas de cualquier clase a los productores, transformadores, comercializadoras de mercancías exportadas a un país, para fortalecer inequitativamente a su posición competitiva internacional no aceptada internacionalmente.
TALON DE EMBARQUE

(Ferrocarril). Documento que entrega el transportista del ferrocarril al remitente de la carga
TRANSBORDO

Traslado de mercancías efectuado bajo control aduanero de una misma aduana, desde una unidad de transporte a otra, o a la misma en distinto viaje incluida su descarga a tierra, con el objeto de que continúe hasta su destino.
TRANSFORMACION Y REPARACION

Es todo aquello que sufre un cambio en su naturaleza o bien sea compuesto o modificado de su estructura y naturaleza original.
TRANSITO

Es el traslado de las mercancías.
TRANSITO DE MERCANCÍAS

Es el transcurso de las mercancías bajo un control fiscal de una aduana nacional a otra.
VALOR

Importe intrínseco de bienes o servicios específicos o, suma por la cual pueden intercambiarse bienes y servicios.
VALOR COMERCIAL

Es el valor de las mercancías en el mercado.
VALOR EN ADUANAS

Es la Base sobre la cual se cobran los Impuestos al comercio exterior en la importación y lo conforman entre otros el valor de transacción de las mercancías y los gastos relativos de la mercancía hasta el punto de entrada al territorio nacional.
ZONA DE LIBRE COMERCIO

Es el Territorio donde las tarifas arancelarias y restricciones cuantitativas se rebajan sustancialmente, y algunas mercancías incluso llegan a ser totalmente liberadas entre los países participantes, pero cada uno mantiene sus aranceles frente a los países no participantes, a los mismos niveles que registraban antes de entrar en el proceso de liberación.